1. Se declara competente para conocer del recurso contencioso administrativo de anulación. 2. Declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de nulidad del acto administrativo de efectos particulares interpuesto en fecha trece (13) de diciembre de 2013, por el ciudadano ROBINSON JOSE BRITO, en contra la providencia administrativa Nº 225-2013 de fecha 17 de julio de 2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas, sustanciada en el expediente Nº 036-2013-01-00131.
Notifíquese a la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas y al ciudadano Procurador General de la República, remitiéndole copia certificada de la presente decisión. A partir del día hábil siguiente, a la constancia en autos que deje el alguacil, comenzará a transcurrir el lapso establecido en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República para tenerla por notificada