ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARITZA JOSEFINA NORIEGA LÓPEZ, VICTOR DARIO NORIEGA LÓPEZ y OMAR ARTEMIO NORIEGA LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.496.564, V- 6.480.556 y V-7.999.054, respectivamente, respecto al De-cujus PEDRO NORIEGA, ex titular de la cédula de identidad N° V-1.504.172, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-