acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Juicio Circunscripcional de fecha 20/10/2011, mediante la cual condenó al ciudadano MANUEL ISIDRO RAMIREZ VALERO, titular de la cédula de identidad N° 18.308.181 a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION y, en su lugar se rebaja la misma a TRECE (13) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRÁFICO EN LA MODALIDADA DE TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, todo ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 462 en relación con la parte infine del artículo 467, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera deberá cumplir con las accesorias previstas en el artículo 178 numeral 4 de la Ley Orgánica de Drogas, la cual consiste en la confiscación del dinero y boleto aéreo incautado, así como la prevista en el artículo 16 cardinal 1 del Código Penal.
Se declara .....