PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE, la Acusación presentada por el Ministerio Público en contra del imputado EDGARD EUGENIO CHAPARRO GONZÁLEZ, por la comisión del delito de SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 240 del Código Penal, en perjuicio de la Administración de Justicia, y en consecuencia, se NIEGA LA SOLICITUD DE DESESTIMACIÓN DE LA ACUSACIÓN, solicitada por la defensora Abg. Carmen Gisela Colmenares de Valongo.
SEGUNDO: SE DECLARA SIN LUGAR la excepción interpuesta por el ciudadano EDGARD EUGENIO CHAPARRO GONZÁLEZ, a través de escrito consignado ante este Tribunal por las razones que, quedarán anteriormente señaladas en la presente decisión.
TERCERO: ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS PRESENTADAS POR LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO. CUARTO: Ordena la APERTURA A JUICIO ORAL, para el ciudadano EDGARD EUGENIO CHAPARRO GONZÁLEZ.-