Visto el contenido del escrito presentado en fecha 30/04/2010, por ante el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de esta Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el cual la parte demandada, ciudadana SANDY YOSELYN SERRANO PUEBLA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 10.179.991 y de este domicilio, asistida de la abogada HEILY LOURDES NIETO COLMENRAES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 115.989, conviene en la demanda y da en dación de pago la mercancía embargada en fecha 18 de marzo de 2010, por el referido Juzgado y vista la diligencia de fecha 17 de mayo de 2010, suscrita por el abogado JOSE ELIAS DURAN TOLOZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 26.141, en su carácter de apoderado especial de la parte demandante e igualmente vista la autorización conferida al referido abogado .....