Primero: Con lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Dorcy Osvaira González Casique, Defensora Pública Décima Primera Penal, con el carácter de defensora de las acusadas PATRICIA ALEJANDRA PERNIA DELGADO y YESSICA PAOLA LERMA FLOREZ.
Segundo: Como resultado de lo aquí apreciado esta instancia haciendo uso de su facultad saneadora, efectúa la corrección del quántun de la pena establecido en la sentencia aquí recurrida, quedando la misma de la siguiente manera:
1.- Para la ciudadana YESSICA PAOLA LERMA FLORES, venezolana indocumentada, de dieciocho (18) años de edad, nacida en fecha 20 de enero de 1994 , quien admite totalmente la acusación fiscal en donde se le endilga como coautora del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, se toma como base para el cálculo de la pena el límite inferior de la misma conforme a lo previsto en el numeral 1 del artículo 74 del Código Penal, ya analizado, lo que equivale en este c.....