PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, de la presente causa, a favor del adolescente quien en vida respondía al nombre de (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), todo de conformidad con lo previsto en el ordinal 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia, con el numeral 1º artículo 48 ejusdem, por aplicación supletoria del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: SE ORDENA EL CESE DE LAS MEDIDAS CAUTELARES, decretadas al adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), en fecha 19 de agosto de 2009, previstas en el artículo 582 literales "b", "c", "d" y "e" de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, de conformidad con el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Pe.....