´D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto, esta Sala Accidental N° 018-2024 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la Inhibición propuesta por la Dra. YHOSMAR DINORAH GONZÁLEZ DE DELGADO, Dra. MARIANA OLIVEROS MARCHENA, y Dra. ARBELY AVELLANEDA MORALES, en su condición de Jueza Presidenta e Integrantes de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Plena del estado La Guaira, respectivamente, en la incidencia signada bajo el N° Prov.- 2156-2024, relacionada con los ciudadanos PABLO EDUARDO PEDRÓN BENÍTEZ, NOLINSK LENIN CÓRDOBA SALAZAR, FREDDY ASUNCIÓN ACOSTA ROSARIO, NELSON JOSÉ BRITO VILLEGAS, NELSON JESÚS BRITO MÁRQUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-17.958.868; V.-12.401.095; V.- 4.114.705; V.-12.164.843; V.-27.858.158, respectivamente, todo de conformida.....