Decreta la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano CARLOS ALBERTO ALBUJAS, titular de la cedula de identidad Nº V-15.024.213, imponiéndole de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, un Régimen de Prueba de Un (01) año constados a partir de que comience con las obligaciones que se imponen