Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA DECIDE: AUTORIZAR AL CIUDADANO FISCAL DECIMO OCTAVO DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. OSCAR E. MORA RIVAS PARA PRESCIDIR TOTALMENTE DE LA ACCION PENAL, seguida en contra del ciudadano CABALLERO JOSÉ DEL CARMEN, Venezolano, nacido en fecha 03 de Marzo de 1951, de 54 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.240.420, soltero, de profesión u oficio latonero, residenciado en el Barrio Santa Teresa, carrera 2, entre calles 12 y 13, casa Nº 12-59, Santa Ana, Estado Táchira; y en consecuencia, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1 del artículo 37, en concordancia con el artículo 38 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.