Por todos los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, otorga la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano MARLON JOSE TORRES ALTUVE, de nacionalidad Venezolana, natural de Mérida, Estado Mérida, donde nació en fecha 02 de Julio de 1978, de 29 años de edad, de estado civil soltero, domiciliado en la parte alta los coros, Bloque 40, Edificio 3, Apartamento 2-3, Estado Mérida y titular de la cédula de Identidad N° 13.946.200, de conformidad con lo establecido en los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 60 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, acordándole un régimen de prueba de UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y CUATRO (29) DIAS, quedand.....