Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE el Interdicto de Obra Nueva que sigue el ciudadano RAMON ROJAS, en contra de la ASUNCION REYES, ambas partes plenamente identificadas, y así se decide.