Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÒN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, formulada por la Ciudadana CARMEN MARIA GONZALEZ DE BEDOYA, y a tal efecto se ordena enviar copia certificada de esta decisión a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas y al Registrador Principal del Área Metropolitano de Caracas, a fin de que se sirvan estampar la nota marginal respectiva en la partida de nacimiento determinada así: Donde dice: "me ha sido presentada una niña hembra por la ciudadana CARMEN PEREZ DE GONZALEZ, quien dice ser su madre, de quince años de edad, casada, de oficios del hogar, natural de Mérida, Estado Mérida; con residencia en Maiquetía...", que es incorrecto, debe dec.....