En este sentido, demostrada y verificada la propiedad del os bienes objeto de partición amistosa, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNCIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ADNRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACION, A LA PARTICION y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE BIENES, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 768 y 770 del Código Civil y 788 del Código Civil, SE DEJA SALVO TODO DERECHO DE TERCEROS.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, firmada, sellada y refrenada en la Sala de despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Táriba, a los NUEVE (09) días del mes de FEBRERO de 2023. Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
Abg. H.....