declara: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 Ejusdem, se condena en costas a la parte ejecutada por haber quedado totalmente vencida.
Téngase el presente auto como parte integrante del fallo dictado por este Tribunal en fecha 24 de abril de 2006 (f. 89 al 92)
Por cuanto las partes se encuentran a derecho, el Tribunal considera innecesaria su notificación.