Se HOMOLOGA el desistimiento presentado por la abogada ANAMARÍA VILLARREAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 81.936, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana HILDA LICIDE SUÁREZ ALMEIDA, parte actora en la presente causa, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en el artículo 25 de la Ley de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.