Con base a lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Se acuerda Autorizar el Permiso de SUPERVISIÓN ESPECIAL al ciudadano penado FÉLIX MARÍA BOLÍVAR DÍAZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Calabozo estado Guarico, mayor de edad, e identificado con cédula de identidad Nro. V.-8.631.845, para pernoctar en el sitio de su apoyo familiar es decir residenciada en la Ciudad de Caracas, Municipio Libertador, Parroquia el Valle, Sector 1º Torre Calle 18 Casa Nro. 09 Los Jardines del Valle, perteneciente al "Consejo Comunal 1º Torre Calle 18 La Perseverancia del Triunfo" Caracas. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación del estado Vargas, en concord.....