DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, en su única Sala, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Declara de oficio la NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada en fecha 27 de octubre de 2014 y publicada in extenso en fecha 28 de octubre de 2014, por la Jueza Profesional Abogada Isbeth Suárez Bermúdez, Jueza a cargo del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control número 05, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, condenó al referido acusado, a cumplir la pena de veinte (20) años y tres (03) meses de prisión, por la comisión de los delitos de Ocultamiento Agravado de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte en relación con el artículo 163.7 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del.....