Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes –pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho YTALA HERNÁNDEZ TORRES, en su carácter de Defensora Privada de las ciudadanas WILMA SULBARÁN OCANDO, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.265.060 y MIROSNELS GORDON SULBARÁN, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.598.960, en contra de la decisión dictada en fecha 10 de Junio de 2021, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ORDENÓ LA CAPTURA de las precitadas ciudadanas, en virt.....