Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA impuesta al ciudadano WILLIAM ERMINI MONASTERIO SINZA, de nacionalidad Venezuela, natural de La Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 22.08.56, de 49 años de edad, de profesión u oficio obrero, residenciado en Barrio El Gavilán, Casa No. 46, Sector El Guamacho a Bayaja, La Guaira, Estado Vargas y Titular de la Cédula de Identidad No. 4.563.948, quien fue condenado a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 del Código Penal, ley vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en consecuencia SE DECRETA SU LIBERTAD PLENA, conforme a lo establecido en el artículo 105 del Código Penal.....