Como corolario de lo anterior, sobre la base de las motivaciones de hecho, de derecho y Jurisprudenciales anteriormente expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el Convenimiento en la Demanda efectuado por la ciudadana AIDA BEATRIZ OYON MARQUEZ, actuando en nombre propio y en representación de la ciudadana MARIANA OYON GARCIA, asistida por la profesional del derecho Marly Leticia Prato Balazarte.
SEGUNDO: RECONOCIDO en Contenido y Firma el Documento Privado de fecha 09 de marzo de 2023, referente a la Venta Pura y Simple, Real, Perfecta e Irrevocable realizada por la identificada ciudadana AIDA BEATRIZ OYON MARQUEZ, titular de la cédula de identidad No.V-18.257.215, actuando en nombre propio y en representación de la ciudadana MARIANA OYON GARCIA, titular de.....