or los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el abogado JUAN CARLOS APARICIO VILLAMARIN,titular de la cédula de identidad N° V-24.338.479, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 282.261 en contra de los ciudadanos MARIA CRISTINA GARCIA RAMIREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.982.672 y DANYS ALBERTO ROJAS MARQUEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-12.230.725por honorarios profesionales.
SEGUNDO:CON LUGAREL DERECHO QUE LE ASISTE al abogado JUAN CARLOS APARICIO VILLAMARIN,titular de la cédula de identidad N° V-24.338.479, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 282.261 de percibir los HONORARIOS PROFESIONALES RECLAMADOS a los ciudadan.....