Se declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JOSÉ APOLINAR SAYAGO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.453, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil COMERCIAL ANAS, S.R.L, ya identificada, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, de fecha 19 de octubre de 2011, mediante la cual se suspendió el trámite procesal; la cual se MODIFICA, debiendo el A quo atender los requerimientos impuestos en los artículos 12 y 13 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, a los órganos jurisdiccionales con causas como las de autos y en etapa de ejecución, debiendo el a quo cumplir los siguientes lineamientos: 1) El establecimiento del tiempo de la suspensión dentro de los límites referidos; 2) La notificación de la suspensi.....