Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Circuito Civil de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PRIMERO: INADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano EDDGAR CLEMENTE NAVARRO MOGOLLON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.468.678, debidamente asistido por el abogado ciudadano DAVID FERNANDO BRAVO MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.181, en su carácter de Defensor Público Provisorio Primero con Competencia en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa Pública del estado La Guaira, contra la ciudadana MARCANO GUTIERREZ MARLIN JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.042.085, debidamente asistida por la abogada MORENO GOMEZ NELLY OSWALY, inscri.....