Por todos los razonamiento antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA, la solicitud interpuesta por la Defensora Pública del imputado ISRAEL BOHORQUEZ, titular de la cedula de identidad Nº E- 7060823, plenamente identificado en autos, en el sentido que este despacho otorgue el permiso de viaje a la República de Colombia los fines de resolver asuntos familiares en el referido país, así mismo este Tribunal exige al ciudadano ISRAEL BOHORQUEZ, que una vez regrese del referido viaje, se presente ante este Tribunal, so pena de revocar la medida cautelar y ordenar su captura de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.