Este Tribunal declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JACQUELINE JOSEFINA CASTILLO LIENDO y GERMAN AGUSTIN VASQUEZ NIEVES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.064.315 y V-7.991.227, respecto a la De-Cujus JENNIFER CAROLINA VASQUEZ CASTILLO, ex titular de la identidad N° V-18.930.727, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.