Por los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos LEIDY CAROLINA DUARTE COLMENARES y EUGENIO CHACON PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-15.568.348 y V- 17.057.906, contra la ciudadana ANA MARÍA MONCADA DE GAMEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nos. V-4.212.018, actuando en su nombre y en representación del ciudadano ROBINSON ANDRÉS GAMEZ MONCADA, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-17.811.379.En consecuencia, se declara reconocido el instrumento suscrito en fecha 15 de agosto de 2024 entre los ciudadanos LEIDY CAROLINA DUARTE COLMENARES, EUGENIO CHACON PARRA, .....