En consecuencia este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNCIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículo 310 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el artículo 206 ejusdem, acuerda:
PRIMERO: Reponer la presente causa al estado de librar cartel de intimación de la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 650 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se declaran nulas todas las actuaciones realizadas tendientes a la citación por carteles y nombramiento de Defensor Ad-litem, que anteceden de la presente decisión.
TERCERO: Líbrese cartel de citación de conformidad con la norma procesal expuesta, a la Ciudadana ZAIRA YASMIR ZAMBRANO, venezolan.....