este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos FELIX SEGUNDO MATA JIMENEZ y ANGELICA NELLITZA SANGUINETTY DE MATA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-3.075.657 y V-3.429.612 respectivamente, de este domicilio y hábiles; en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos, por ante la Prefectura del Municipio Pedro María Morantes, Distrito San Cristóbal hoy día Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del estado Táchira, en fecha 8 de febrero de 1989, según consta en acta de matrimonio N° 32.