este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Medicación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, entidad de trabajo: "CLUB DE FUTBOL PLAYA GRANDE, F.C," a pagar a favor de la parte actora ciudadana: ISMELY BLANCO DE COLINA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.459.172, la cantidad de: DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE DOLARES AMERICANOS CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS (2.887,65).
Que convertidos en Bolívares Digitales para el momento, de acuerdo a la Tasa de Cambio fijada por el Banco Central de Venezuela para el respectivo calculo, de conformidad con los artículos 128 y 130 de la Ley Orgánica del Banco Central de Venezuela, arrojó como resultado la cantidad de: CATORCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES DIGITALES CON VEINTICINCO .....