MODIFICA la decisión emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal de fecha 11 de marzo de 2014, mediante la cual DECRETÓ LA DETENCION PREVENTIVA, prevista en el artículo 581 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes al joven adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cédula de identidad N° V-29.521.854 y, en su lugar se IMPONEN al referido adolescente las Medidas Cautelares previstas en los literales b, c y d del artículo 582 ejusdem, por lo que se le obliga a someterse al cuido y vigilancia de su madre, para lo cual ésta última deberá comprometerse ante el Tribunal que actualmente conoce la causa y una vez comprometida se deberá librar la correspondiente boleta de excarcelación, presentarlo ante el Tribunal A quo las veces que éste lo requiera y se le prohíbe salir sin autorización del estado Vargas, en virtud de haberse admitido la Acusación que le fue formulada p.....