ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, ESTO ES:
A- ADMITE la calificación Jurídica atribuida por la Fiscalía para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público, al ciudadano MORA CONTRERAS OROSMAN, de nacionalidad venezolana, natural de el Vigía, Estado Mérida, de 34 años de edad, nacido el día 29-11-1971, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cédula de identidad No. 11.222.585, residenciado en Vegón de Nutria, Sector las Tres Vías, detrás de la Licorería las Tres Vías, Barinas, Estado Barinas, por la comisión del delito de CONTRABANDO DE INTRODUCCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 104 literal A de la Ley Orgánica de Aduanas, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con el artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Pro.....