Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial Civil del estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: La CONFESION FICTA de la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL ATELIER STYLOS FRANCYS C.A., inscrita en el Registro Mercantil, en fecha 03 de junio del año 2009, bajo el N° 44, Tomo: 18 –A, con modificación en su acta de asamblea de fecha 27 de agosto del año 2019, la cual quedo registrada bajo el Tomo 36-A, en la persona de la ciudadana MARÍA EUGENIA GUALDRON AGUILERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-13.802.072.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL intentara la ciudadana ALEJANDRA MARÍA MORALES ESTEVEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 226.915, apoderada judicial de los ciudadanos MARÍA DA CONC.....