Se homologo el convenimiento, Queda fijada la Obligación de Manutención en la cantidad (Bs.150,00) semanal, para un total de SEISCIENTOS Bolívares Mensuales (Bs. 600,00), los cuales entregara semanalmente el día domingo. TERCERO: Se establecenr (2) bonos por igual cantidad (1) para el mes de septiembre y (1) para el mes de diciembre, que son para cubrir los gastos escolares y navideños en las fechas respectivas, en cuanto a los demás gastos acuerdan que serán cubiertos y compartidos en un 50% por cada uno, gastos estos derivados de ropa, zapatos, medicinas y demás gastos médicos, previa presentación de las facturas por las partes", CUARTO: Dicho Obligación se aumentara anualmente en un 20% como lo establece la ley y de acuerdo al índice de inflación que establezca el Banco Central de Venezuela