En méritos a las anteriores consideraciones, este JUEZ UNIPERSONAL N° 01 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL VARGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Obligación Alimentaria a favor del niño WILKER FRANCISCO NAVARRO BORGES, de diez (10) años de edad, intentada por la ciudadana: BORGES ESCOBAR NATACHA JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-13.373.902, contra el ciudadano WILMAN RODOLFO NAVARRO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-12.459.032, en consecuencia se Fija la cantidad de BOLIVARES NOVENTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA (Bs.93.150,oo) mensuales, la Obligación Alimentaria para el referido niño, lo cual equivale a Un Quinto (1/5) del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional, que debe ajusta.....