Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la solicitud interpuesta por el ciudadano CESAR AUGUSTO ROMERO, arriba identificado, en relación a la entrega del vehículo marca CHEVROLET, modelo CENTURY, color GRIS, año 1990, placas ABH710, serial de motor ELV301985 y serial de carrocería 4H69ELV3011985, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal.