Se dictó sentencia interlocutoria decretando la SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES, de los ciudadanos MIGDALIS CONSUELO VARGAS COLINA y LUIS EDUARDO HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-13.673.275 y V-13.672.183 respectivamente, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos en el escrito de solicitud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, Parágrafo Primero. Así se decide.