Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento en la solicitud de DIVORCIO, presentada por la ciudadana MARIELA COROMOTO VAN DER DIJS DUARTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-5.304.987, asistida por la abogada LLUVIA T. RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°92.990, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en los Artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-