DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Ximena de la Consolación Biaggini Labrador, en su carácter de defensora Pública Tercera Penal Auxiliar, actuando en representación del acusado Jhon Richard Rivas Herrera.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 09 de junio de 2015, por la Abogada Glenda Lisbeth Acevedo Quintero, Jueza Temporal Quinta de Primera Instancia en Función de Juicio, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, declaró sin lugar la solicitud realizada por la defensa, "en virtud de que no hay inmutabilidad de las circunstancias de que el Tribunal Octavo de Control decretó la privación judicial preventiva de libertad, de fecha 07 de mayo de 2013".