El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha dieciocho (18) de junio de 2019, por los apoderados de la parte demandada contra el fallo emitido el día veintiuno (21) de mayo de 2019 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el día veintiuno (21) de mayo de 2019.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada por haber resultado vencida a tenor de los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil
Quedó así CONFIRMADO el fallo apelado.