En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA UN NUEVO COMPUTO LA EJECUCION DE LA PENA, en virtud de la REVISIÓN de la SENTENCIA impuesta al ciudadano penado DANIEL ALEJANDRO CERRADA HERNANDEZ, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de Mérida, Estado Mérida, y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.664.885, arriba identificado, conforme a lo previsto en el Encabezamiento artículo 471 en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.