Este Tribunal declara TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana LILIANA JOSEFINA RIVAS SUAREZ, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-17.709.299, sobre las bienhechurías descritas en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-00631-2015, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.