Ahora bien, la condena impuesta finalizara el día 14 de Mayo de 2010, pudiendo el penado solicitar cualquiera de las formulas alternativas al cumplimiento de la misma, según lo previsto en el artículo 500 del texto adjetivo penal, a partir de las fechas que a continuación se especifican:
1.- AUTORIZACION PARA EL TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, al cumplir una cuarta parte de la pena, es decir el
14 de Mayo de 2008.
2.- REGIMEN ABIERTO, al cumplir una tercera parte de la pena, es decir, el 04 de Agosto de 2008.
3.- LIBERTAD CONDICIONAL, al cumplir las dos terceras partes de la pena, es decir, el 24 de Junio de 2008.
4.-CONFINAMIENTO al cumplir las tres cuartas parte de la pena por igual tiempo, es decir, el 14 de Septiembre de 2009.
PRIMERO: En cuanto al Pago de las Costas Procesales, el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, exonero al pago de las mismas, en virtud de lo dispuesto en el.....