En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, interpuesto por la ciudadana IVONNE MARIA VARGAS DIAZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-11.636.095, en contra de las Entidades de trabajo, "GRUPO GERACI, C.A."; "CALZADOS CANCEMI, S.R.L."; "CORPORACION DON PIE, C.A.", "BLACKBOX GROUP, C.A." y del ciudadano VICTOR CLAUDIO FERNANDES FERREIRA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- V.-16.724.750. SEGUNDO: Se ordena a las Entidades de trabajo, "GRUPO GERACI, C.A."; "CALZADOS CANCEMI, S.R.L."; "CORPORACION DON PIE, C.A.", "BLACKBOX GROUP, C.A." y al ciudadano VICTOR CLAUDIO FERNANDES FERREIRA, titular de la Cédula de Identidad Nro.....