Por lo precedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, declara:
PRIMERO: Deja sin efecto la notificación hecha a la oferida, ciudadana MARIA NATALIA MENDEZ SANTANDER de la sentencia dictada por este tribunal el 30 de septiembre de 2014. En consecuencia, por la interdicción sobrevenida de la prenombra la misma debe ser notificada a su Tutor Provisional, ciudadano, ROBERTO ENRIQUE GUERRERO CONTRERAS, venezolano, titular de la cédula de identidad No 9.240.383, con domicilio en la casa No 136-A-1, Avenida España, diagonal a Cotatur, parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira.
SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado que se encontraba a la fecha del 08 de octubre de 2014, dejando NULAS todas la actuaciones que corren entre los folios 116 al 118.
TERCERIO: Se acuerda notificar por oficio al Registro Público del Primer Circuito del Municipio San Cristóbal, Estado Táchir.....