Por los fundamentos arriba establecidos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud del ciudadano ANIBAL ORLANDO OCHOA ESCOBAR, arriba identificado, en el sentido que este Tribunal se pronuncie si el delito por el cual se le acusa se encuentra subsumido dentro del supuesto de delito de lesa humanidad, con base a las jurisprudencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia por él alegadas y en consecuencia decrete la prescripción de la acción penal en la Causa seguida en su contra, toda vez que ese punto, ya fue resuelto por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal.