DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano LIZARDO GABRIEL GARCÍA, titular de la cedula de identidad Nº 18.324.821, quien es de nacionalidad venezolana, natural del Estado Vargas donde nació el 13-09-1985, de estado civil soltero, de profesión u oficio mecánico, residenciado en el Barrio Atanasio Girardot frente a la cancha, casa Nº 45, estado Vargas, conforme a lo dispuesto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 17-05-2010 de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL FRUSTRADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con los artículos 80 y 84 del Código Penal vigente para la fecha.