CONDENA por el procedimiento de Admisión de Hechos, al acusado IDENTIDAD OMITIDA, por encontrarlo penalmente responsable de la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO previsto en el artículo 455 ordinal 5to. del Código Penal y POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS además de otro HURTO CALIFICADO, estos tipificados en los artículo 36 de la LOSEP y 455 ordinales 3 y 4 del Código Penal, y en consecuencia se le impone como sanción definitiva a cumplir en forma simultánea: LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de DOS (2) AÑOS, conforme a los artículos 626 y 624 de la LOPNA tomándose en cuenta para las Reglas las sugeridas por la Fiscalía.
Se le sustituye la medida de Detención Preventiva por una menos gravosa de las contempladas en el artículo 582 de la LOPNA de presentarse los días Martes y Jueves de cada semana hasta tanto esta Decisión quede definitivamente firme y la Juez de Ejecución la imponga. Se le exime al condenado del pago de las Costas.....