Por todos los razonamientos antes expuestos y en virtud de las probanzas en el presente juicio, este Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por JUAN ALBERTO VARELA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad No. 9.336.469, contra HENRY ALFONSO DUARTE GELVIZ, titular de la cédula de identidad No. 11.493.814. En consecuencia se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: pagar la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.800.000,oo), dados en abono por la venta del vehículo, que deben ser previamente indexados mediante experticia complementaria de este fallo, en la forma ya señalada.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida.