este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA , Administrando Justicia con base a la potestad establecida en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en atención al artículo 51 ejusdem, DECLARA:
PRIMERO : SIN LUGAR la Medida de Embargo solicitada sobre las acciones que posee el demandado ciudadano CARRILLO COLMENARES ANTONIO JOSÉ en la COMPAÑÍA ANÓNIMA INVERCO C A., Inversiones COROMOTO C. A., identificado en autos.
SEGUNDO: CON LUGAR la Medida Innominada sobre el dinero que le pueda corresponder a las acciones propiedad del ciudadano CARRILLO COLMENARES ANTONIO JOSÉ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 172.888, domiciliado en la Urbanización San Sebastián, bloque B1, apartamento 32, San Cristóbal, Estado Táchira en INVERSIONES COROMOTO C. A. ( INVERCO), en caso de que se materialice y ejecuten.....